22 abril, 2026

Diputado Lobo: Ley tributaria marca hito en la legislación venezolana

Diputado Lobo: Ley tributaria marca hito en la legislación venezolana

El diputado a la Asamblea Nacional (AN) y miembro de la Comisión de Economía, Finanzas y Desarrollo, Ramón Lobo, se refirió este martes a la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios, aprobada recientemente por el Parlamento.

Entrevistado en el programa Café en la mañana, transmitido por Venezolana de Televisión, el parlamentario manifestó que este texto marca un hito histórico en la legislación venezolano.

“No se había legislado sobre este tema con las grandes características que presenta esta Ley, que es coordinar y armonizar, las potestades tributarias que tienen los estados y municipios, en función de garantizar el desarrollo armónico de la economía”, expresó durante la entrevista.

De igual forma, indicó que se creará el Consejo Superior de Armonización Tributaria por estado, el cual será un espacio para la consulta y participación de las autoridades regionales y municipales.

Este consejo —detalló el parlamentario—, estará conformado por el ministro de Economía y Finanzas, la máxima autoridad de la Administración Tributaria Nacional, el gobernador o gobernadora, y el alcalde o alcaldesa.

“Este espacio va tener un observatorio del comportamiento de la fijación de las tazas que va a permitir que se tenga una aplicación con criterios de equidad equilibrio beneficio tributario que el consumidor que utiliza un servicio”, recalcó el diputado.

Al respecto, hizo referencia al artículo 136 del texto, donde se establece que el poder público nacional, tiene tres niveles verticales que son: nacional, regional y municipal, y cada uno tiene un poder tributario.

A través de sus entes legislativos, se generan tributos, que se ejemplifican en impuestos, tasas o contribuciones especiales, algo que anteriormente no se articulaban entre los tres niveles, lo que “generó cierto nivel de anarquía ante los descensos de los ingresos petroleros”.

Entre las ventajas de esta ley —que fue declarada constitucional por el Tribunal Supremo de Justicia—, destacan las rebajas, de al menos 30 %, en el impuesto sobre actividades económicas industriales, comerciales, servicios y, de índole similar, a los contribuyentes que desarrollen actividades permanentes de saneamiento, mantenimiento o mejoras en espacios del municipio, entre otros casos.

También establece la vigencia mínima de tres años a las licencias o autorizaciones para el ejercicio de las actividades económicas industriales, comerciales, servicios y de índole similar.

La renovación procederá de manera automática cumpliendo lo que establece la norma en ese sentido.



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