TSJ confirmó 18 años para 5 vecinos asesinos
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó los recursos interpuestos por cinco residentes, quienes buscaban revertir la condena de 18 años y 6 meses de prisión que les impusieron por el asesinato de un vecino. Tal decisión está contenida en la sentencia 253 emitida el pasado 13 de abril con la firma de los tres magistrados integrantes de la Sala Penal: Maikel Moreno (ponente), Carmen Marisela Castro y Elsa Gómez.
Los procesados están identificados como Deubles Ernesto Guevara Montoya, Sabrina Noely Tamayo Hernández, Danny Rafael Guevara Montoya, Carlos Alberto Rodríguez Cabrera y Ángel Eduardo Brito Corona, dice la sentencia.
Estas personas son integrantes del Consejo Comunal Tierra de Gracia, que hace vida en el sector de igual nombre ubicado en San Juan de los Morros (Guárico). El día 21 de diciembre de 2021 se encontraban en el aludido sector, donde ingresaron de manera violenta a una vivienda en la cual se encontraba lavando Rudy Roberto Morillo Rivas (57), a quien “golpearon con una cachetada en la nuca, porque según se la pasa robando… Se lo llevan bajo amenaza de la residencia hacia la Zona Agrícola de la Penitenciaría General de Venezuela, en una zona boscosa, en una pendiente de más de 5 metros, con un arma blanca; le ocasionaron heridas en la región del tórax, ocasionándole la muerte…’’. Morillo Rivas padecía discapacidad motora.
Un testigo del hecho fue igualmente sometido por los cinco vecinos y lo amenazaron de muerte si acaso los delataba. El cadáver del presunto ladrón asesinado fue localizado el 25 de diciembre de ese año.
Siete meses después de ese asesinato, el Ministerio Público, representado por los fiscales Willian Argenis Contreras Márquez y Belkis Yajaira Peña Carrero, solicitó abrir un juicio contra los cinco integrantes del Consejo Comunal Tierra de Gracia por la presunta comisión de los delitos de homicidio calificado cometido con alevosía en grado de complicidad correspectiva y agavillamiento.
El juicio. Tal petición fue aprobada y el juicio comenzó el 19 de octubre de 2022 ante el Tribunal 2 de Juicio de Guárico, extensión San Juan de los Morros, y concluyó el 2 de octubre de 2023, día en que los sujetos fueron declarados culpables de los delitos acusados, imponiéndoseles la condena de 18 años y 6 meses de prisión.
Dicha condena fue ratificada el 30 de abril de 2025 por la Corte de Apelaciones de Guárico, constituida de manera accidental, debido a que una integrante de esa instancia decidió inhibirse. Ante ese revés, las defensoras públicas Rubianna Sánchez Ferrer, Carmen Scott y Dubileis Apodaca, así como el abogado privado David Ricardo Carrizalez Gualta, interpusieron recursos de casación ante la Sala Penal del TSJ donde denunciaban presuntos vicios cometidos en el enjuiciamiento de los cinco vecinos.
En esos recursos denunciaron que a los cinco vecinos se les violaron derechos constitucionales agrupados en el artículo 49, relacionados con el debido proceso, entre otros.
Los magistrados examinaron las denuncias y concluyeron que estaban llenas de contradicciones y adolecían de un “razonamiento debidamente sustentado”, por lo cual las declararon desestimadas, dejando en consecuencia incólume la condena impuesta a los Guevara, Tamayo, Rodríguez y Brito. Los magistrados aclararon que los abogados no especificaron “de qué forma dichas normas (debido proceso) habrían sido presuntamente vulneradas”.
La receta de la casación
Los magistrados de la Sala Penal reiteraron que cuando se impugna una decisión a través de un escrito de casación, este debe contener: a) indicación de las disposiciones que se consideran violadas (lo cual implica, además de la mención y cita del texto de la previsión normativa, el análisis de su contenido); b) las razones por las cuales se impugna la decisión, es decir, explicando por qué se afirma que dichas normas fueron infringidas (lo cual exige que se dé cuenta de los antecedentes del caso, lo declarado por el tribunal o los planteamientos que no fueron respondidos, la transcripción e interpretación del fallo o textos judiciales en los cuales se sustente, así como las partes que guarden relación con la denuncia).
