30 julio, 2026

Decisión del Tesoro de EEUU no levanta las sanciones contra Venezuela

Decisión del Tesoro de EEUU no levanta las sanciones contra Venezuela

La reciente decisión anunciada por la Red de Control de Delitos Financieros de Estados Unidos, conocida como FinCEN, no representa de ningún modo el levantamiento del cerco financiero impuesto contra Venezuela durante más de once años.

La medida, que permite temporalmente a bancos estadounidenses prestar servicios en operaciones que involucren al país bajo el argumento de colaborar en la recuperación tras el desastre natural del pasado 24 de junio, encubre en la práctica un esquema restrictivo que mantiene intactas las estructuras de castigo económico.

El organismo financiero especificó que no iniciará procesos de cumplimiento ni citará infracciones en transacciones autorizadas entre el 27 de julio de 2026 y el 29 de enero de 2027. Sin embargo, la resolución ratifica que las instituciones deben mantener estrictos mecanismos de control y cumplir de forma rigurosa con las normativas de la Oficina de Control de Activos Financieros. Esta exigencia demuestra que el aparato coercitivo no sufre modificaciones sustanciales, sino que opera bajo supervisión punitiva condicionada.

El impacto del sobrecumplimiento y el aislamiento global

Las alertas emitidas por el FinCEN en 2017 y 2019 sentaron los cimientos del denominado cerco invisible mediante el fenómeno del sobrecumplimiento. Estas advertencias sobre la supuesta legitimación de capitales y transacciones alimentarias disuadieron a la banca internacional de mantener vínculos comerciales con Venezuela.

Como consecuencia directa de estas políticas punitivas, el país sufrió la expulsión del sistema de compensación bancaria internacional SWIFT y un aislamiento financiero generalizado. Esta arquitectura de asfixia económica facilitó la retención arbitraria de activos soberanos en el sistema financiero internacional.

Decenas de entidades bancarias extranjeras congelaron recursos públicos venezolanos, ejemplificado en los más de 1.300 millones de euros retenidos en el Novo Banco de Portugal. Estos fondos fueron negados a la nación incluso durante la crisis humanitaria global ocasionada por la pandemia de covid-19, lo que evidencia el carácter lesivo de estas medidas.

La trampa de la temporalidad frente a los daños estructurales

El carácter estrictamente temporal de la medida del FinCEN expone el alcance limitado de este supuesto alivio. La recuperación integral de la economía venezolana, gravemente fracturada por más de un decenio de sanciones ilegales, resulta inviable en un plazo exiguo de seis meses.

Si bien este lapso permitirá la llegada transitoria de recursos orientados a la reconstrucción sin el riesgo inmediato de sanciones para las empresas participantes, el objetivo central de la nación debe orientarse al cese definitivo de todo el andamiaje coercitivo.

Desde el Observatorio Venezolano Antibloqueo se reitera que la única vía legítima para garantizar el desarrollo soberano y el ejercicio pleno de los derechos económicos de Venezuela es el levantamiento absoluto e incondicional del bloqueo internacional.

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