19 abril, 2026

Por lanzar cohete a su vecina paró en el servicio de Policía Comunal

Por lanzar cohete a su vecina paró en el servicio de Policía Comunal

El Servicio de Policía Comunal de la parroquia Santa Teresa del municipio Libertador, en Caracas, logró resolver un enfrentamiento entre vecinas del urbanismo Teatros, situado en la avenida Lecuna. El incidente inició cuando una mujer lanzó un cohete desde el edificio hacia las áreas comunes, poniendo en riesgo a una residente del lugar que no dudó en reclamar el acto de imprudencia.

Landis Traviezo, oficial del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y encargado de la Oficina de Atención Comunitaria de Santa Teresa, contó al equipo de Últimas Noticias que la perjudicada acudió a él en calidad de solicitante, para contarle los hechos.

La mujer narró que la disputa se originó en las inmediaciones del complejo habitacional urbanismo Teatros II. Ella estaba pasando por esa zona cuando un proyectil de fuegos artificiales comenzó a estallar cerca de ella. Las chispas casi la queman y el estruendo la asustó a tal punto que tardó en recuperarse. De inmediato, se fijó que una de las residentes estaba asomada por la ventana de un apartamento del edificio mientras se reía. Así fue como dedujo que había sido esa persona quien lanzó el artificio pirotécnico hacia las áreas comunes por las que transitan desde niños hasta adultos mayores.

Lo que para la infractora pudo parecer una acción aislada, estuvo a punto de convertirse en una tragedia personal. El susto inicial dio paso a un reclamo, pero la situación se desbordó cuando, en lugar de recibir una disculpa, la víctima fue objeto de una serie de agresiones verbales y humillaciones de la persona que manipulaba la pirotecnia.

Ante la actitud hostil de su vecina y el peligro que representaba el uso indebido de explosivos en un área residencial, la mujer afectada decidió formalizar una denuncia en el Servicio de Policía Comunal, donde fue atendida por Traviezo.

Tras escuchar el testimonio de la víctima, la comisión policial procedió de inmediato a la identificación de la contraparte y a la entrega formal de una boleta de citación. Este documento dio inicio al protocolo para mediar sin necesidad de judicializar el caso en instancias superiores, siempre que exista voluntad de las partes.

Mediación. La reunión de conciliación se llevó a cabo en las oficinas de la PNB en Santa Teresa. Frente a frente, ambas mujeres expusieron sus versiones bajo la moderación del oficial a cargo.

Durante el derecho de palabra, la denunciante acotó la necesidad de educar a la gente sobre el uso de la pirotecnia y, sobre todo, cuando es empleada para agredir a terceros. La joven acusada permaneció callada mientras la víctima hablaba sobre lo sucedido, tras lo cual admitió que ella había lanzado el cohete, pero no era su intención afectar a nadie.

El enfoque de la policía no fue punitivo, sino educativo. En la audiencia, Traviezo hizo hincapié en los riesgos físicos y psicológicos del uso de pirotecnia en edificios, no solo por el peligro de quemaduras o incendios, sino también por el impacto negativo en las mascotas, adultos mayores y personas con condiciones de sensibilidad auditiva.

También abordó la importancia de la Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana del municipio Libertador, y le  recordó que el respeto a la paz ajena y el decoro en el trato son obligaciones legales, no sugerencias.

La agresora, tras escuchar el marco legal y reflexionar sobre la gravedad de que el artefacto casi impactara a su vecina, reconoció su falta.

Compromiso. El conflicto finalizó con la firma de una acta de compromiso y resolución de conflictos. En este documento, ambas partes acordaron la suspensión de cualquier tipo de agresión verbal o gesto de provocación; el compromiso de no manipular fuegos artificiales desde las ventanas o áreas comunes del urbanismo; el cumplimiento estricto de las normas de convivencia que rigen al condominio y al municipio.

Por su parte, los funcionarios del Servicio de Policía Comunal de la parroquia Santa Teresa se comprometieron con hacer seguimiento al avance de los acuerdos asumidos.

Normativas. Traviezo acotó que la resolución del caso fue posible gracias a la aplicación de lo establecido en la Ordenanza de Convivencia Ciudadana para el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del municipio Libertador de Caracas, que hace referencia a conceptos como conciencia ciudadana que define los valores y principios de solidaridad entre los ciudadanos de la ciudad capital. Asimismo, trata sobre la capacidad de los procesos de mediación para resolver problemas vecinales mediante el diálogo, empleando la pedagogía como método para concientizar a la población.

Legislación en detalle

Objeto. El artículo 1 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana para el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del municipio Libertador refiere que esta tiene la finalidad de establecer y consolidar las bases para la convivencia ciudadana, el civismo y la justicia de paz comunal, así como propiciar relaciones humanas vecinales enmarcadas en el orden público, la armonía y en una cultura de paz ciudadana. Actos que atentan contra la integridad física y bienes. El artículo 18 de la normativa, en su numeral 7, considera acto contrario fabricar, tener, portar, manipular o usar artificios pirotécnicos, tales como fuegos artificiales o similares, sin el cumplimiento de los requisitos y permisos establecidos en la normativa vigente.

Contaminación sónica. Dentro de la ordenanza se califican los gritos escandalosos o palabras soeces como una forma de perturbación de la convivencia ciudadana y contaminación sónica, que ofende el decoro de las personas, especialmente en espacios donde se encuentren niños, niñas y adolescentes.

Multa.  En el artículo 31 queda expreso que la persona que incurra en una de las conductas señaladas será multada con el pago en bolívares de 50 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor fijado por el BCV, o realización de trabajo comunitario.

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