6 octubre, 2025

Vecino denunció a empleados por no limpiar el piso donde vive

Vecino denunció a empleados por no limpiar el piso donde vive

En el complejo urbanístico Parque Central, situado en la parroquia San Agustín del municipio Libertador de Caracas, hubo un conflicto que paralizó las labores de limpieza en una propiedad horizontal, lo que generó malestar entre los residentes.

El primer inspector del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (Cpnb), Michael Ruiz, relató a Últimas Noticias que el impasse se originó porque el personal encargado de limpiar las áreas comunes, si bien cumplía con su labor diaria, siempre se saltaba uno de los pisos del edificio.

Debido a ese acontecimiento, un hombre de mediana edad se dirigió en calidad de solicitante a la Oficina de Atención Comunitaria del Servicio de Policía Comunal de la parroquia San Agustín, donde fue atendido por la oficial del Cpnb, Milagros García.

Dijo que había decidido formalizar su queja, porque los obreros ignoraban sus peticiones. Aunque intentó dialogar con ellos, a través de diversos medios, estos se negaban a realizar el saneamiento de los pasillos, escaleras, ventanas y paredes del piso en el que él vive. Aseguró que en la misma situación se encontraban sus vecinos. Contó que tenían que limpiar ellos y turnarse cada dos o tres días las labores de higiene, por lo que a veces se acumulaba el polvo.

Señaló que un día él se reunió con los demás afectados, para conversar sobre el problema que los perjudicaba, desde hace un par de semanas. Les propuso recurrir a las autoridades policiales y formalizar la denuncia contra los responsables para que tomaran en cuenta ese piso dentro del edificio.

Este paso fue clave para activar el proceso de resolución del conflicto. La oficina de mediación, encabezada por el primer inspector Ruiz, se encargó de gestionar la situación. Se emitió una boleta de citación y se convocó a una mediación que buscaba llegar a un acuerdo beneficioso para todas las partes involucradas. Por este caso, se tomó la decisión de convocar también a la persona representante de la junta de condominio.

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Mediación

El día acordado en la citación se reunieron el solicitante, el líder del personal de mantenimiento y la vocería vecinal en la sala de resolución de conflictos de la parroquia San Agustín. Antes de comenzar con el proceso, la oficial García, mediadora de este caso, enumeró las normas para establecer un canal de comunicación respetuoso entre las partes.

Seguidamente, enfatizó la importancia de discutir la situación directamente con la junta de condominio, porque ello permitiría encausar los acuerdos con base en las responsabilidades que debe asumir quienes hacen vida en el conjunto residencial.

La oficial dio la palabra a los implicados, empezando por el denunciante que, en representación de los habitantes del piso afectado, rememoró los hechos y manifestó su preocupación por la desidia. Tras expresarse, la mediadora indicó a los demandados que ofrecieran su versión de lo acontecido. La persona que figuraba como vocera de la comunidad dijo que se había enterado de lo que ocurría entre los vecinos y los trabajadores, pero que pensaba que eso se había solucionado.

Fue entonces cuando el solicitante reiteró su reclamo y acotó que el deber era que la junta vecinal buscara remediar el asunto, haciéndoles un llamado a los encargados de la limpieza. El jefe de los obreros se pronunció y agregó que muchas veces habían recibido regaños de algunos de los residentes del piso. Las exigencias y los malos tratos hacia su personal lo llevaron a concluir que no limpiarían ese espacio hasta que esas personas corrigieran su actitud.

Compromiso

Después de escuchar las revelaciones del demandado, García anunció que era momento de fijar postura al respecto y proteger a los trabajadores identificando quién era la persona que tenía la conducta inadecuada con ellos.

El solicitante se comprometió con realizar un encuentro con los vecinos para comentarles lo que estaba ocurriendo. Entre los acuerdos se estableció hacer un llamado de atención a los residentes del piso, posteriormente, la reincorporación del personal de limpieza a sus responsabilidades en las áreas comunes del lugar.

Por su parte, el Servicio de Policía Comunal acordó hacer seguimiento al caso hasta que lograran el cien por ciento de avance en los puntos del acta de conciliación que firmaron las partes implicadas en el conflicto vecinal.

Normativas

El oficial Ruiz aseguró que, para lograr la solución del caso, se basaron en varios artículos de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana para el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del Municipio Libertador de Caracas, como normativa que protege a los ciudadanos miembros de una comunidad con el fin de preservar o recuperar la sana convivencia en la ciudad capital.

Acotó que se hizo énfasis en el artículo 11 en el que se reflexiona sobre conciencia ciudadana como el conjunto de principios, normas y valores, que rigen a los individuos de una comunidad, el cual genera sentido de pertenencia.

La legislación en detalle

  • Convivencia ciudadana. Según el artículo 11 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana para el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del Municipio Libertador de Caracas, es toda conducta cívica, pacífica y armoniosa asumida por una comunidad conforme a la ley, a los valores y principios establecidos como deberes y derechos de las y los ciudadanos.
  • Espacios privados. El artículo referido los define en el numeral 9 como áreas comunes que son administradas por un propietario o una sociedad de particulares.
  • Normas de convivencia ciudadana. Definidas en la ordenanza como todas aquellas reglas de carácter normativo, tendentes a procurar la interacción cívica, pacífica y armoniosa entre las ciudadanas y ciudadanos de una comunidad.
  • Medidas correctivas. El artículo 12 de la normativa municipal refiere que quienes incurran en comportamientos contrarios a la convivencia ciudadana serán objeto de medidas correctivas de conformidad con la presente ordenanza, sin perjuicio de las demás acciones que en derecho correspondan. En caso de ser delito en el Código Penal o legislación penal vigente, se puede remitir al Ministerio Público.

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