TSJ confirmó 30 años para cinco desestabilizadores
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) confirmó la condena de 30 años de prisión impuesta a cinco dirigentes de oposición que estaban enrolados en un plan para boicotear la instalación de la Asamblea Nacional en enero de 2021. Tal decisión está contenida en la sentencia N° 865 publicada el pasado 4 de diciembre con la firma de los tres integrantes de la Sala Penal; es decir, Elsa Gómez (ponente), Carmen Marisela Castro y Maikel Moreno.
En este caso, las personas condenadas a pena máxima están identificadas como Argenis Enrique Ugueto Benítez, Rigoberto Moreno Carmona, Darío Pastor Estrada Perozo, Robert José Franco Vallera y Julio César Sánchez Arias.
Un informe de contrainteligencia refiere que estas personas asistieron a una reunión el 21 de diciembre de 2020, organizada por miembros de los servicios de inteligencia colombianos y de la oficina antinarcóticos (DEA) de los Estados Unidos.
Esa reunión transcurrió en la localidad de Riohacha, Colombia, donde planificaron “actividades desestabilizadoras en contra de instituciones del país, a llevarse a cabo entre el 28 de diciembre de 2020 al 5 de enero de 2021”. Entre esos planes figuraban: el asesinato de un alto funcionario del Estado, sabotaje a la toma de posesión de los diputados electos el 6 de diciembre de 2020 así como la toma de fuertes militares para la sustracción de armas y equipos.
Estas personas abrieron un grupo de WhatsApp, identificado como “Operación Continente Americano 2020 Venezuela” al cual estaban adheridos un aproximado de 41 personas entre operadores, financistas y cooperadores, algunos de ellos miembros disidentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb), exintegrantes de los cuerpos policiales y prófugos de la justicia venezolana.
Los cinco sujetos fueron detenidos entre Lara, Trujillo y Caracas. Posteriormente, el Ministerio Público solicitó abrirle un juicio a los cinco, así como a Ronald Enrique Flores Rivero. Este último fue acusado por traición a la Patria, asociación para delinquir y homicidio intencional en grado de tentativa. Esos mismos delitos le fueron imputados a Ugueto, Moreno, Estrada, Sánchez y Franco.
Pero, en el caso de Ronald Flores Rivero, este admitió su participación en los hechos investigados, razón por la cual le impusieron una condena de 13 años y 7 meses de prisión, según sentencia emitida por el Tribunal Nacional 4° de Control con Competencia en Terrorismo el 23 de marzo de 2021.
En cuanto a Ugueto, Moreno, Estrada, Sánchez y Franco, el juicio de ellos inició el 26 de septiembre de 2023 y culminó el 9 de agosto de 2024, día en que fueron condenados a 30 años de prisión, de acuerdo a sentencia del Tribunal 3° de Juicio con Competencia en Delitos Asociados al Terrorismo.
El pasado 10 de julio dicha condena fue ratificada por la Sala Especial 1° de la Corte de Apelaciones con Competencia en Terrorismo. En razón de ello, acudieron a la Sala Penal del máximo tribunal donde consignaron una serie de denuncias. Una de las delaciones dice que “la Fiscalía narra los hechos de manera genérica, sin precisar los elementos de tiempo, modo y lugar, ni la conducta específica que se le atribuye a cada uno…”.
Al respecto, los magistrados advirtieron que los argumentos esgrimidos por los abogados defensores del grupo de acusados se refieren a hechos ocurridos durante el juicio, aspecto que no es susceptible de ser ventilado en un recurso de casación como el presentado ante el TSJ. Basado en ese y otros criterios, los magistrados desestimaron el recurso y dejaron incólume la condena de pena máxima.
