Denunció a su exesposo por agredir a su hijo en la calle
En la parroquia La Candelaria de Caracas, una mujer defendió a su hijo ante las autoridades, alegando que su autonomía estaba siendo violada por su propio padre a través de duras críticas y violencia verbal en la vía pública.
El primer oficial del Cuerpo de la Policía Nacional Bolivariana, Miguel Suárez, recibió en la Oficina de Atención Comunitaria del Servicio de Policía Comunal de la parroquia La Candelaria, a una mujer de 50 años que, en calidad de solicitante, denunció al padre de su hijo, un hombre de su misma edad y del cual se había separado hace varios años.
Declaró que el detonante del conflicto fue que su exesposo se negaba a reconocer que el joven ya cuenta con 18 años, y con ello, la capacidad legal de tomar decisiones independientes sobre su vida y los bienes que obtiene con su propio sueldo.
Según el oficial Suárez, la situación escaló más allá de las paredes del hogar, porque el padre solía increpar y gritar al joven en plena vía pública, causándole humillaciones constantes ante los vecinos del sector. A veces lo hacía delante de sus amistades, cuestión que al joven le estaba comenzando a generar rechazo hacia su progenitor.
Uno de los eventos que más afectó a la familia aconteció durante el mes de enero, cuando el joven se estaba preparando para viajar a La Guaira en su moto junto a unos amigos. El padre le armó un escándalo prohibiéndole avanzar en sus planes.
A este maltrato psicológico se sumó un conflicto económico. Un día de diciembre, el hombre le llegó a su hijo hablándole sobre algunas dificultades económicas para las navidades de 2025. El joven le prestó, de buena fe, un dinero proveniente de sus utilidades. Sin embargo, su papá incumplió con el acuerdo al que llegaron, que era pagar la totalidad del préstamo la quincena siguiente.
A todos los hechos se sumó un episodio de violencia física que involucró a terceros, lo que terminó por agotar la paciencia de la madre que buscó el auxilio institucional, debido a que el diálogo no funcionaba con el progenitor de su hijo. Estas razones impulsaron a la policía comunal a citar a las partes involucradas en el pleito familiar.
Suárez relató que el proceso no fue sencillo. La personalidad dominante del padre y el desapego del hijo obligaron al funcionario a ejercer una autoridad firme para ser escuchado. “Casi me tocó gritarles para que me prestaran atención”, confesó. Al principio, en el diálogo predominaban la carga de agresividad pasiva y el intercambio de insultos vulgares que ambos mantenían.
Durante el proceso de orientación, se les recordó a ambas partes las implicaciones legales de sus actos. El oficial hizo hincapié en que, al ser ambos adultos, cualquier enfrentamiento físico futuro resultaría en la detención de ambos por lesiones recíprocas, sin importar el vínculo filial.
Después de la charla, padre e hijo manifestaron sus sentimientos. El joven dijo que no quería ser objeto de las humillaciones a las que su papá lo sometía en la calle, entretanto, el señor se justificó señalando que lo hacía por preocupación y por miedo a que le pasara algo malo.
La mediación no solo se centró en lo jurídico, sino también en lo humano, intentando hacerles entender que deben cerrar ciclos de tormentos arrastrados por años. Se identificó que, mientras el padre desea una reconciliación pero bajo sus propios términos de mando, el hijo atraviesa un proceso de asimilación lento, marcado por el rechazo a la forma en que fue criado.
Compromisos
Tras la intervención policial, se lograron establecer compromisos formales que quedaron plasmados en un acta de convivencia firmada por ambos hombres. Entre los puntos más relevantes, las partes asumieron el cese de hostilidades y se comprometieron a mantener cero agresiones y cero amenazas y eliminar el uso de lenguaje vulgar y mensajes ofensivos en la vía pública.
El padre aceptó la necesidad de cambiar su perspectiva y permitir que su hijo ejerza su derecho a la libre decisión, entendiendo que ya es mayor de edad. Además, se comprometió a sanar la deuda monetaria que mantiene con su hijo.
También acordaron no involucrar a terceras personas ni vociferar los problemas familiares con ajenos, para evitar que la situación se salga de contexto y genere nuevos episodios de violencia. Suárez sugirió la búsqueda de terapia familiar y ayuda psicológica para tratar los rencores profundos.
Normativas
Suárez apuntó que este proceso se basó en normas contempladas en la Ordenanza de Convivencia Ciudadana para el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del municipio Libertador de Caracas, que hace énfasis en la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos que habitan la ciudad capital.
El artículo dos de la normativa insta a promover una cultura de paz que fomente en la sociedad una conciencia cimentada en el respeto de los derechos humanos.
Legislación en detalle
- Contaminación sónica. Según el artículo 31 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana para el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del municipio Libertador de Caracas, se considera acto que causa contaminación sónica perturbar la correcta convivencia ciudadana mediante gritos escandalosos o palabras soeces, que ofendan el decoro de las personas.
- Conductas que afectan las relaciones respetuosas. El artículo 25 de la normativa clasifica dentro de estas conductas realizar cualquier tipo de actividad que esté prohibida o restringida por la legislación y normativa vigente en el país, que concierna a la alteración de la tranquilidad y el orden público.
- Valores y principios. La ordenanza promueve en el apartado número ocho la protección de la vida y el respeto a la dignidad humana, así como la protección y respeto a los derechos humanos.
- Comportamientos. El artículo 12 de la normativa refiere que quienes incurran en comportamientos contrarios a la convivencia ciudadana, al civismo y a la paz comunal serán objeto de medidas correctivas de conformidad con la presente ordenanza, sin perjuicio de las demás acciones que en derecho correspondan.
