27 octubre, 2025
Por falta de comunicación se armó lío en panadería

En una panadería situada en la avenida Victoria, en el suroeste del municipio Libertador de Caracas, una mujer, que decía ser heredera del establecimiento comercial, acusó al administrador del negocio de no dejarle acceder a la información financiera ni al local para obtener esos datos.

Fernando Fossi, comisario del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (Cpnb) y coordinador del Servicio de Policía Comunal de la parroquia San Pedro en la ciudad capital, relató a Últimas Noticias que la señora acudió a la Oficina de Atención Comunitaria que él lidera, en calidad de solicitante.

La finalidad de la afectada fue formalizar una denuncia contra un hombre que había sido nombrado por su padre, ahora fallecido, como encargado de la panadería.

La nueva dueña del lugar declaró que, tras recibir oficialmente dicho comercio como parte de su herencia, comenzó a solicitarle al caballero la documentación y libros contables. No obstante, denunció que llevaba varias semanas regentando el lugar, pero no se le había suministrado la información que solicitó. Alegó que no veía ni documentos ni números de lo que se gastaba o invertía en la panadería, cuánto se les pagaba a los empleados, ni nada por el estilo.

El conflicto escaló cuando los mensajes que le enviaba al señor quedaban “en visto” y las llamadas no eran contestadas. La mujer perjudicada comenzó a desconfiar del administrador, por lo que un día tomó la decisión de ir personalmente al local para reclamarle que temía que él estuviera desconociéndola como la responsable formal de la panadería, y que si no obtenía la información que le pedía, lo denunciaría ante las autoridades.

Habló con otros vecinos que la apoyaron y le sugirieron dirigirse a la Oficina de Atención Comunitaria del Cpnb de la parroquia San Pedro, donde fue atendida por el comisario Fossi. Después de revelarle todos los detalles del impasse, este propuso citar a ambos a la sala de resolución de conflictos para que, a través del diálogo, llegaran a un consenso.

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Mediación

El comisario Fossi envió una citación al convocado y una semana más tarde se estaban encontrando ambas partes en la sede del Servicio de Policía Comunal de la referida localidad caraqueña, donde se realizó el proceso de mediación.

Tras una breve charla de introducción por parte del mediador, se le efectuaron varias preguntas a los involucrados en el conflicto. La afectada fue la primera en responder las interrogantes, y reiteró que la razón por la cual había demandado al ciudadano en cuestión, era su derecho a mantenerse informada sobre todo lo que se hacía en la panadería.

El demandado relató que él había trabajado durante décadas con el anterior propietario, padre de la denunciante, y jamás habían tenido problemas de ningún tipo. Añadió que ella podía dirigirse a la panadería cuando quisiera y entrar, porque la cerradura seguía siendo la misma y fue su progenitor quien le dio unas llaves. Comentó que a la mujer nunca se le había prohibido el acceso al establecimiento comercial, pero que, en mucho tiempo, no se le había visto la cara por el lugar.

Ambas personas fueron escuchadas, sin embargo, se cuestionó sobre la frecuencia de las visitas de la nueva propietaria al negocio. Según las respuestas de los involucrados en promedio, la señora iba a la panadería dos veces por mes.

Compromisos

Después de dos horas de conversación, Fossi concluyó que el punto central del pleito era la falla en la comunicación. El señor admitió que no enviaba reportes formales y la heredera reconoció que sus visitas eran esporádicas. El mediador señaló que el problema no era la información, sino el método para compartirla.

El comisario les propuso algunos puntos para el acuerdo de conciliación entre los que se encontraba mantenerse en contacto, sobre todo lo que se hiciera en la panadería. El denunciado se comprometió a preparar un informe mensual. Este documento incluiría ventas, gastos y ganancias y sería entregado en físico cada primer lunes del mes.

Entretanto, la dueña asumió que parte del conflicto era su responsabilidad. Dijo que comenzaría a visitar el negocio una vez por semana. Revisaría los libros en la oficina y firmaría un recibo por el informe mensual.

Ambas partes involucradas en el conflicto firmaron el acta que se redactó en la sala de mediación. El oficial dio una copia a cada uno y se comprometió con hacer seguimiento para evaluar el progreso.

Normativas

Fossi aseguró que la resolución de la problemática se logró bajo el amparo de los estatutos establecidos en la Ordenanza de Convivencia Ciudadana para el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del Municipio Libertador de Caracas, que protege los derechos de todos los ciudadanos a vivir en armonía.

Especialmente, el artículo 14 en el que se define la solidaridad social como aquella que promueve el bienestar colectivo, la solidaridad como principio de interrelación en comunidad.

La legislación en detalle

  • Justicia de paz comunal. En el artículo 69 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana para el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del municipio Libertador de Caracas, se hace referencia a la promoción del arbitraje, la conciliación, la mediación y cualquier otra forma de solución de conflictos ante situaciones derivadas directamente del ejercicio del derecho a la participación y a la convivencia comunal para el logro o preservación de la armonía en las relaciones, la convivencia.
  • Conductas contrarias a la convivencia ciudadana. En el artículo 17 de la ordenanza municipal, se definen los comportamientos contrarios de convivencia, civismo y paz comunal, que están sujetos a medidas previstas en la ordenanza, sin perjuicio de las demás acciones.
  • Fórmulas alternativas. El apartado 56 de la normativa municipal indica que las autoridades competentes pueden aplicar fórmulas como la negociación, el arbitraje, la mediación, la conciliación para la resolución de conflictos.
  • Seguridad ciudadana. La ordenanza indica en el artículo 11 que es la acción integrada que desarrolla el Estado en corresponsabilidad con la ciudadanía.

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