Los poderes del Estado – Últimas Noticias
En lo tradicional, el Estado está conformado por los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Esa distribución del Estado nos viene históricamente con Charles-Louis de Secondat, barón de Montesquieu, y su principio de separación de los poderes; pero en el siglo XX aparecieron los órganos constitucionales autónomos y nuevos poderes ante la imposibilidad de ubicar determinados entes públicos dentro de la teoría de la separación tradicional. Eso explica que en Venezuela sucedió lo extraordinario con la Constitución de 1999, propugnada por el Presidente Chávez, cuando, separados y con autonomía de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, se crean el Poder Ciudadano y el Poder Electoral para conformar el Estado con cinco poderes.
El Poder Ciudadano está inspirado en el Poder Moral propuesto por Simón Bolívar en su histórico proyecto de Constitución presentado al Congreso de Angostura el 15 de febrero de 1819, en tanto el Poder Electoral encuentra su sentido y orientación en el proyecto de Constitución que el mismo Bolívar redactó en 1826 para la creada, en ese entonces, República de Bolivia.
Bolívar pensó en una institución que tuviera a su cargo la conciencia nacional, que velara por la formación de los ciudadanos para purificar “lo que se haya corrompido en la República, que acuse la ingratitud, el egoísmo, la frialdad del amor a la patria, el ocio, la negligencia de los ciudadanos”. Decía el Libertador: si no hay un respeto sagrado por la patria, por las leyes, por las autoridades, la sociedad es una confusión, un abismo. De esta concepción moral de la República nació el Poder Ciudadano integrado por la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía General de la República y la Contraloría General de la República. Igual sucede con el Poder Electoral que supone el tránsito de la democracia representativa a una democracia participativa y protagónica.
Con la reforma propuesta por el Presidente Maduro, el panorama de los poderes públicos y la división político-territorial del país pudieran cambiar, sin que ello signifique modificar la estructura y principios fundamentales de la Constitución. Se trata de una prioridad: tomar en cuenta el poder comunal, esencia de la democracia participativa y protagónica- y darle vida constitucional a lo que viene desarrollándose exitosamente en la realidad venezolana y que Chávez trazó como la esperanza de la Revolución: las comunas.
